Cupo Mínimo |
Comisión Anual Anticipada* |
Seguro Desgravamen** |
Tasa Base del Día |
$1.000.000 |
Entre 0 y UF 2,28 |
0,0046 |
2,12% Mensual | |
* : Por apertura y renovación anual. Clientes que cuenten con el producto Itaú Personal, se encuentran exentos de este cobro.
** : Sobre monto otorgado. Ej: $ 1.000.000 x 0,0046 = $ 4.600, cobro anual. Montos superiores a UF 1.000 necesitan declaración de Salud (DPS).
El Banco se reserva el derecho de modificar la comisión pactada o su periodicidad en la forma prevista en el contrato.
La "Tasa nominal para Línea de Crédito Preferencial" para efectos del calculo de la Tasa Base aplicable es de 1,61% mensual
Línea de Sobregiro Pactado
Comisiones |
Valor |
Periodicidad |
Renovación |
UF 0,3 + IVA |
Semestral |
Mantención (1) |
UF 1,8 + IVA |
Mensual |
Seguro de Desgravamen (2) |
UF 0,0046 |
Anual | Cupo Máximo 200 UF |
|
1 : Esta Comisión es cobrada sólo si es que la Línea de Sobregiro pactada es utilizada durante el mes
2 : Sobre monto otorgado. Ej: $ 1.000.000 x 0,0046 = $ 4.600., cobro anual.
El Banco se reserva el derecho de modificar la comisión pactada o su periodicidad en la forma prevista en el contrato. |
Infórmese acerca de la garantía estatal a los depósitos en su banco o en www.sbif.cl. |