Impuesto al Crédito |
Sobre el monto del crédito, 0,05% por fracción de mes. Tope máximo 0,6% |
En caso que el crédito sea renovado o prorrogado se debe aplicar la tasa impositiva vigente al momento del otorgamiento del crédito.
COSTO PREPAGO
Para operaciones menores o iguales a UF 5.000, a Personas Naturales y/o jurídicas las condiciones de prepago están establecidas en la ley 18.010.
Si el capital original es menor o igual a UF 5.000, el deudor debe pagar los intereses devengados a la fecha del prepago y una comisión adicional según la siguiente tabla:
Fecha de Otorgamiento |
Comisión de Prepago |
Antes del 26 de Junio de 2004 |
2 Meses de Interés |
Desde el 26 de Junio de 2004 |
1 Mes de Interés |
Para operaciones sobre UF 5.000 a Personas Naturales las condiciones serán las siguientes:
Tipo de Crédito |
Comisión de Prepago |
En Pesos |
2 Meses de Interés |
En UF y USD |
1 Mes de Interés |
- En el caso de personas jurídicas para operaciones sobre UF 5.000 las condiciones de prepago serán establecidas en el otorgamiento de cada operación de Crédito.
- Monto mínimo de prepago: 25% del saldo insoluto.
- La solicitud de prepago estará a disposición de cada cliente en su respectiva sucursal a través del mesón o su respectivo Ejecutivo(a) de Cuenta.
- Conforme a la circular 3.511 el banco emitirá en un plazo no mayor a 5 días hábiles bancario posterior a la solicitud, el certificado con la liquidación de la deuda, dicho certificado tendrá una vigencia de 10 días hábiles bancarios desde su emisión.
- El cliente podrá solicitar adicionalmente como lo contempla la ley 20.130 un certificado, para acreditar la excepción de impuesto de timbres y estampillas para operaciones de refinanciamiento.
- Infórmese sobre las tarifas y condiciones con su Ejecutivo(a) de Cuenta.